Solo falta la promulgación presidencial para que se formalice proyecto que regula el trabajo a distancia

24/03/2020
Un minuto de lectura

El Congreso despachó al Ejecutivo el proyecto que busca regular el trabajo a distancia para que sea promulgado como ley.

banner corporacion cultura y turismo calama

Según explicó el diputado RN, Francisco Eguiguren, “las modificaciones del Senado, a la propuesta despachada en noviembre de 2018, van en la dirección de dar mayor certeza y garantías de los derechos laborales para quienes desempeñen sus funciones en esta modalidad de trabajo”.

Asimismo, el documento mantendría gran parte de las propuestas presentadas por los diputados y diputadas, además de recoger las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Contenido

Esta iniciativa será parte del Código del Trabajo, siendo incluida por un nuevo capítulo, el que se denominará “Teletrabajo y trabajo a distancia”.

Con su entrada en vigencia -que será el primer día del mes siguiente de su promulgación- se determina que “la o el trabajador y su empleador podrán pactar, al inicio o durante la vigencia de la relación laboral, en el contrato de trabajo o en documento anexo al mismo, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo”., explicaron desde la Cámara de Diputados.

Con esta nuevo capítulo se establecerá el derecho a la desconexión de las y los empleados por al menos 12 horas continuas en un plazo de 24 horas.

Además, “permite que el trabajo se realice fuera de las instalaciones de la empresa, ya sea en el domicilio del trabajador o en otro lugar determinado por ambas partes”, detallaron.

De acuerdo a lo que detalla el proyecto, quienes realicen sus funciones bajo esta modalidad, tendrán todos los derechos individuales y colectivos y no podrán implicar en ningún caso un menoscabo a los derechos que le reconoce el Código del Trabajo, en especial, en su remuneración.

La iniciativa, en tanto, “estipula claramente que la o el trabajador no podrá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad para la realización de este trabajo a distancia, sino que los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos serán siempre de cargo del empleador”.

Ayuda a llegar a más gente!
Ir aArriba

NO TE PIERDAS