88 diputados aprobaron legislar para reducir la jornada laboral a 40 horas semanales

El proyecto retorna a la Comisión de Trabajo para analizar las indicaciones que se le hicieron .

Fue una jornada compleja, como las últimas que ha tenido la Cámara Baja, pero finalmente con 88 votos a favor, 24 en contra y 27 abstenciones se aprobó el legislar el proyecto para reducir la jornada laboral a 40 horas semanales.

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Los diputados de la Región de Antofagasta que votaron a favor fueron Esteban Velasquez, Marcela Hernando y Catalina Perez. Mientras que, Paulina Nuñez y José Miguel Castro se abstuvieron.

La iniciativa propone dos modificaciones al Código del Trabajo, las que en detalle son: eliminar la palabra “efectivamente” de la norma que define qué se entiende por “jornada de trabajo”. Uno de los objetivos de esta medida es que el tiempo de colación se considere parte integral de esta y reducir la duración de la jornada ordinaria de trabajo de un máximo de cuarenta y cinco horas semanales a 40. La propuesta no afecta a los trabajadores con contratos especiales.

Asimismo y de acuerdo detallaron desde la cámara “se indica en su articulado transitorio que las modificaciones introducidas por la presente ley entrarán en vigencia al inicio del año calendario inmediatamente siguiente al que se publique en el Diario Oficial y, bajo ninguna circunstancia, podrán representar una disminución de las remuneraciones actuales de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados”.

En el parlamento se analizó desde los distintos sectores y se le hicieron algunas indicaciones, por lo que deberá volver a la comisión.

Indicaciones

Fuente cámara de diputados

En la sesión se constató la presentación de 17 indicaciones, seis promovidas por la DC y el resto por RN, que ahora deberán ser discutidas en la Comisión de Trabajo a la luz de un segundo informe.

Entre las propuestas, cuatro plantean una gradualidad en la aplicación de la norma. La iniciativa de la DC establece que las modificaciones introducidas comenzarán a aplicarse a los doce meses de entrada en vigencia de esta ley.

Luego especifica que, sin perjuicio de lo anterior, las empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no exceden las 75 mil UF, en el último año calendario a la fecha de vigencia de la ley, estarán facultadas para reducir la jornada ordinaria máxima semanal de forma gradual al inicio de los doce meses desde la vigencia de la norma, comenzando en 44 horas semanales y, posteriormente, disminuyendo una hora por año, hasta 40 horas semanales al inicio del quinto año.

RN presentó tres propuestas sobre el punto. Una define que las modificaciones que plantea la ley entrarán en vigencia en dos tramos: para el primer año de vigencia, la jornada laboral será de 43 horas; mientras que a contar del segundo año de vigencia y para los siguientes, será de 40 horas.

Otra indicación de este partido establece que la norma se aplicará en una gradualidad de seis años en el caso de las mipymes (el reglamento determinaría la forma de la gradualidad).

El tercer texto propone cuatro tramos: para empresas de más de 200 trabajadores, el plazo será de dos años; para empresas de entre 50 a 199 trabajadores, será de tres años y seis meses; y para empresas de entre 10 a 49 trabajadores, sera de cinco años; para empresas de menos de nueve trabajadores, será de seis años.


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