Trabajadores tendrán derecho a 3 horas para votar o excusarse durante elecciones del 26 y 27

En particular, aquellos que trabajen el sábado y descansen el domingo pueden elegir sufragar el día sábado, sin que esto afecte sus obligaciones laborales.
22/10/2024
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La Dirección del Trabajo (DT) ha emitido el dictamen N°656/24, que otorga a los trabajadores y trabajadoras que deban laborar durante las elecciones regionales y municipales del 26 y 27 de octubre, un permiso de 3 horas para ejercer su derecho a voto o excusarse de participar. Este dictamen, publicado el 15 de octubre, es parte de la implementación de la Ley N°21.693, que modifica varios cuerpos legales para adaptarse a la realización de elecciones en dos días.

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La Ley N°21.693 establece que aquellos trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral también tendrán derecho a permisos laborales durante ambos días. Este tiempo deberá ser otorgado sin ningún descuento en sus remuneraciones ni sanciones por parte de sus empleadores.

Un aspecto importante del dictamen es que los trabajadores tienen la autonomía de decidir qué día, entre el sábado 26 y el domingo 27, prefieren utilizar las 3 horas para votar o excusarse. En particular, aquellos que trabajen el sábado y descansen el domingo pueden elegir sufragar el día sábado, sin que esto afecte sus obligaciones laborales.

El domingo 27 de octubre será considerado feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores que laboren en centros comerciales administrados bajo una misma razón social, como malls o strip centers. Sin embargo, el resto de los trabajadores del comercio que no estén en esta situación deberán cumplir con sus jornadas laborales, aunque también tendrán derecho al permiso de 3 horas para votar.

La DT ha anunciado que llevará a cabo una fiscalización durante ambas jornadas electorales para asegurar que se respeten los derechos de los trabajadores. Las denuncias podrán realizarse a través del Canal de Atención Telefónica o del sitio web institucional de la DT.

Finalmente, la ley contempla sanciones para las empresas que no respeten estos derechos, con multas que van desde 30 a 150 UTM en caso de no otorgar el feriado irrenunciable, y de 3 a 60 UTM por no conceder los permisos correspondientes.

Las denuncias serán recibidas a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09:00 y las 15:00 horas del domingo 27 de octubre y en el sitio web institucional.

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