Trabajadores tendrán derecho a 3 horas para votar o excusarse durante elecciones del 26 y 27

En particular, aquellos que trabajen el sábado y descansen el domingo pueden elegir sufragar el día sábado, sin que esto afecte sus obligaciones laborales.
25/10/2024
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La Dirección del Trabajo (DT) ha emitido el dictamen N°656/24, que otorga a los trabajadores y trabajadoras que deban laborar durante las elecciones regionales y municipales del 26 y 27 de octubre, un permiso de 3 horas para ejercer su derecho a voto o excusarse de participar. Este dictamen, publicado el 15 de octubre, es parte de la implementación de la Ley N°21.693, que modifica varios cuerpos legales para adaptarse a la realización de elecciones en dos días.

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La Ley N°21.693 establece que aquellos trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral también tendrán derecho a permisos laborales durante ambos días. Este tiempo deberá ser otorgado sin ningún descuento en sus remuneraciones ni sanciones por parte de sus empleadores.

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Un aspecto importante del dictamen es que los trabajadores tienen la autonomía de decidir qué día, entre el sábado 26 y el domingo 27, prefieren utilizar las 3 horas para votar o excusarse. En particular, aquellos que trabajen el sábado y descansen el domingo pueden elegir sufragar el día sábado, sin que esto afecte sus obligaciones laborales.

El domingo 27 de octubre será considerado feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores que laboren en centros comerciales administrados bajo una misma razón social, como malls o strip centers. Sin embargo, el resto de los trabajadores del comercio que no estén en esta situación deberán cumplir con sus jornadas laborales, aunque también tendrán derecho al permiso de 3 horas para votar.

La DT ha anunciado que llevará a cabo una fiscalización durante ambas jornadas electorales para asegurar que se respeten los derechos de los trabajadores. Las denuncias podrán realizarse a través del Canal de Atención Telefónica o del sitio web institucional de la DT.

Finalmente, la ley contempla sanciones para las empresas que no respeten estos derechos, con multas que van desde 30 a 150 UTM en caso de no otorgar el feriado irrenunciable, y de 3 a 60 UTM por no conceder los permisos correspondientes.

Las denuncias serán recibidas a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09:00 y las 15:00 horas del domingo 27 de octubre y en el sitio web institucional.

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