José González, jubiló en 2017, sin embargo tuvo que seguir trabajando ya que su pensión mensual era de 164 mil pesos. Ese año, sufrió un accidente laboral, en el que perdió uno de sus ojos lo que contrajo consecuencias físicas y psicológicas.
Fue por este motivo que, en el 2019 solicitó que la AFP le entregara sus 23 millones de pesos, que correspondían a sus ahorros previsionales. Recibiendo una negativa por parte de la aseguradora.
Ante esto, inició las acciones legales. Siendo hoy la Corte de Apelaciones de Talca la que acogió el recurso de protección presentado contra la AFP Provida y ordenó restituir al cotizante el total de sus fondos previsionales en un máximo de 30 días.
En fallo dividido la primera sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de la AFP, al negar la restitución integra de los fondos, infringiendo con ello el derecho de propiedad que está garantizado en la Constitución.
Según se argumenta en el fallo “se ha acreditado que el recurrente es titular del derecho de dominio sobre los fondos previsionales que mantiene en su poder la recurrida, que la entrega de ellos se hace mediante el beneficio de una pensión, por lo que el rechazo de la recurrida a la restitución integra de ese patrimonio ponen en juego y amaga la garantía constitucional de la propiedad que estable del articulo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, lo que conlleva a calificar esa negativa de ilegal y arbitraria”.
Con esta argumentación, la Corte acogió el recurso de protección disponiendo que la AFP Provida debe restituir a José González la totalidad de sus fondos previsionales en un plazo máximo de 30 días.