Comisión de Constitución aprobó escaños exclusivos para indígenas, paridad de género e igualdad para independientes.

Cerca de las 23 horas de ayer fue despachada a la sala de la Cámara de Diputados la propuesta para modificar el artículo 15 de la actual Constitución para habilitar el proceso constituyente.

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Dentro de las indicaciones que se hicieron en la Comisión de Constitución a la propuesta que generó la Comisión Técnica, que formó parte del acuerdo del pasado 15 de noviembre, está la participación con escaños exclusivos para los pueblos indígenas, paridad de género e igualdad de condiciones de los postulantes independientes frente a los partidos políticos.

Modificaciones

La propuesta establece que el plebiscito se realizará el 26 de abril de 2020, ocasión en la que se consultaría “¿Quiere usted una nueva constitución?”, cuyas alternativas de respuesta son: “Apruebo” o “Rechazo”.

Una segunda pregunta consulta sobre qué órgano debería redactarla, si una Convención Mixta Constitucional (integrada en parte iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio) o una Convención Constitucional (integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente).

En el caso de la primera pregunta, de ganar la aprobación, el Presidente de la República tendrá cinco días para convocar a la elección de las y los convencionales constituyentes, cuya elección se realizará el mismo día de la votación de alcaldes, concejales y gobernadores regionales.

La labor de la Convención deberá ser aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicios. El proyecto señala que no se podrá alterar los quórums ni procedimientos para su funcionamiento y para a adopción de acuerdos.

Respecto a lo aprobado por la comisión, la Convención Mixta Constitucional estaría integrada por 172 miembros, de los que 86 serían electos por la ciudadanía y 86 parlamentarios y parlamentarias electos por el Congreso Pleno.

En el caso de la Convención Constitucional, la indicación aprobada señala que estará integrada por 155 representantes de la ciudadanía.

Asimismo, se ratificó que una vez terminada esta labor ninguna de las personas participantes podrá ser candidata a un cargo público hasta un año después de cesar en sus funciones.

Una vez redactada la nueva Constitución será sometida a plebiscito, votación que será obligatoria para quienes residan en Chile y de ser aprobada, el Presidente “deberá convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República”, explicaron desde la cámara.

De ser rechazada continuará la actual Carta Magna.

Participantes

Frente a la paridad de género, se aprobó con siete votos a favor, dos abstenciones y uno en contra y establece que las listas presentadas por un partido político no podrán superar el 50% de candidaturas del mismo sexo y deberán estar encabezadas en las cédulas por mujeres, siendo luego alternadas por hombres.

“En cuánto a la elección, se aplica el mismo sistema de las parlamentarias. En los distritos que eligen un número par de representantes se elegirán equitativamente. Mientras que en los impares, ningún sexo podrá tener más de la mitad más uno de los escaños”, explicaron.

Mientras que serán 28 los escaños reservados para los pueblos originarios en caso de ser una Comisión Constituyente y 21 si es una Comisión Mixta, siendo confirmada por un representante de cada pueblo, a diferencia de los aymarás que serán dos y el resto lo integrarán mapuches.

En la representación de independientes se señala que dos o más candidatos podrán acordar un pacto electoral en su distrito bajo un lema común. Adicionalmente, cada candidato requerirá el patrocinio equivalente al 0,4% de quienes sufragaron en la elección parlamentaria anterior.


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