A través de un comunicado, el Sindicato de trabajadores de la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS) Antofagasta dio a conocer la primera resolución dictada por el Tribunal del Trabajo de la ciudad a favor de los funcionarios.
Esto a raíz de la demanda presentada contra el alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez por vulneración de los derechos al honor y a la integridad psíquica, luego de que el jefe comunal viralizara en sus redes una fiscalización al horario de llegada de los trabajadores.
El tribunal accedió a la medida de protección solicitada por el sindicato y obliga a la suspensión del acto impugnado, por lo que el alcalde deberá eliminar de las plataformas digitales, los videos, imágenes, audios o comentarios, que haya subido a redes sociales (propia o institucionales), u otros medios digitales y en las que se vean a los trabajadores, que dé nombres o cargo que permitan su identificación y expresar juicios de valor negativo con respecto a la situación denunciada en conocimiento del Tribunal, que se vincule a la conducta de los denunciantes, sea en forma individual o grupal.
De acuerdo a la información entregada, el alcalde en insistir con estas prácticas arriesgaría multas de hasta 100 UTM.
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En el comunicado se señala que la resolución tuvo como fundamento, “el mérito de los antecedentes, considerando la gravedad de los sucesos, la intensa forma de afectación de los Derechos Fundamentales de los trabajadores, la entidad de las Garantías en juego, los graves efectos de la permanencia de algunas de las conductas denunciadas que superan con creces los beneficios de la mantención de ciertas formas de expresión en redes y medios digitales, el hecho que los medios utilizados son especialmente incontrolables y tienden a generar efectos irreversibles ante el efecto de la ´Justicia de la Horda´ que los propios generadores del primer mensaje luego son incapaces de controlar”.
Desde el sindicato comentaron que, “confiábamos en la justicia y en los fundamentos de la acción judicial presentada, el día de hoy valoramos profundamente el contenido de la resolución dictada por la judicatura laboral, la que permite desde ya, poner atajo a las conductas lesivas de nuestros derechos ejecutadas por el empleador, y con ella, se comienza a reparar también el grave daño causado”.
Via: SoyChile