Tribunal dejó con arresto domiciliario a Martín Pradenas por los delitos de abuso sexual y violación

22/07/2020
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Con arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctima quedó Martín Pradenas, investigado por cuatro delitos sexuales cometidos contra tres víctimas, entre ellas la presunta violación de Antonia Barra, joven que se suicidó en 2019 en Temuco, en la región de La Araucanía.

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Así lo dio a conocer la mañana de este miércoles el juez Federico Gutiérrez del Juzgado de Garantía de Temuco, tras rechazar la prisión preventiva.

En el rechazo a la medida cautelar solicitada por la Fiscalía y los querellantes se argumentó que las pruebas no permiten establecer la existencia de los delitos, además de la irreprochable conducta anterior del acusado.

El juez desestimó la existencia de 3 de los 4 delitos que quedaban tras el sobreseimiento por prescripción de dos causas, dando sólo por acreditada la violación de Antonia Barra.

La resolución se ajustó a lo solicitado por el abogado defensor del investigado, aunque se agregó que en caso de que no ser cumplida se modificará la cautelar a prisión preventiva.

Recordar que previamente, en la audiencia de formalización de cargos, Pradenas fue sobreseído de dos causas por prescripción, correspondientes a hechos acontecidos en 2010 y 2014, cuando las víctimas tenían 16 y 19 años.

Tanto por lo anterior como la resolución de desestimar los abusos sexuales de las víctimas serán apelados por la Fiscalía de la región de La Araucanía.

Lo mismo hará el abogado Alejandro Guzmán, uno de los querellantes en la investigación, quien indicó que no comparten la resolución ya que “basta que un solo delito de violación se tenga por acreditado por parte del tribunal para hacer que la medida de prisión preventiva sea la idónea”.

“Necesitamos un pronunciamiento de un tribunal superior, que en este caso es la Corte de Apelaciones de Temuco, para analizar los antecedentes”, agregó.

En la instancia se fijó el plazo de 120 días para la investigación.

Via: BioBio

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