La comisión de Seguridad Pública del Senado, en el marco del proyecto de ley que busca mejorar la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, aprobó la posesión de hasta 5 plantas de marihuana. La indicación, permite que estas sean usadas para consumo personal, tanto medicinal como recreativamente.
Con esto, la tenencia de plantas, así como de los frutos de estas, no será penada, siempre y cuando esta ley se promulgue.
La indicación, fue aprobada con cuatro votos a favor y uno en contra dentro de la comisión.
¿Cuáles son los límites de posesión en gramos?
La indicación, permite a los y las consumidoras de cannabis, una tenencia anual de 500 gramos de flores secas. En cuanto al porte, el límite es de 40 gramos.
En cuanto a las plantas, se permitirá el cultivo de una a cinco plantas en exterior a tierra. Esa misma cantidad es permitirá, para cultivos en exterior a maceta. En cuanto a las carpar indoor, se permitirá el cultivo de dos metros cuadrados.
En otros aspectos de la norma, quedó estipulada una pena de 541 días a cinco años de presidio, junto a una multa de entre 10 y 40 UTM, a quienes posean, transporten, guarden, porten o trafiquen pequeñas cantidades de droga. Dentro de estas, no calificarían las cinco plantas para uso personal.
INDICACION-MARIHUANA