¿Trabajadores o socios? Justicia acredita vínculo laboral de repartidor con empresa delivery

Se declaró que un trabajador, quien demandó por despido injustificado, prestó servicios "bajo vínculo de subordinación y dependencia".

Las aplicaciones de delivery han tenido un auge en los últimos años y tras la propagación de la pandemia se convirtieron en casi un esencial de muchas personas que necesitan hacer compras.

No obstante, por su modalidad de vínculo con los repartidores (que son tratados como “socios” y no como “trabajadores”), en la justicia chilena existen al menos 30 demandas laborales que involucran a PedidosYa, UberEats, Cornershop, Rappi y Justo.

En ese contexto, la justicia resolvió en torno a un caso que podría dar directrices de una eventual futura regulación de la labor que ejercen los repartidores, pues se trata de un fallo que acredita que sí hubo factores de una relación laboral entre un repartidor y PedidosYa.

En detalle, a A.F.A.M se le acogió una demanda que presentó tras ser despedido de la App luego de haber prestado servicios entre julio de 2019 y mayo del presente año.

En el intertanto, acreditó ante la justicia todo el proceso que realizó para unirse como “socio” repartidor a PedidosYa, lo que incluyó selección, capacitación y posterior uso de implementos corporativos (como una mochila y vestuario) durante sus funciones, en las que incluso se fiscalizaban en cierta medida sus turnos a través de monitoreos por la misma aplicación y GPS.

“(…) Debía someterse a la modalidad de trabajo impuesta por la empresa demandada en forma continua y permanente, como son los insumos que utiliza, la forma de desempeñar sus funciones, las zonas y turnos asignados por la demandada (…)”, indicó la resolución a la cual tuvo acceso BioBioChile, firmada por una jueza de Letras del Trabajo de la ciudad de Concepción.

En el fallo, se precisó que A.F.A.M posteriormente fue despedido de la firma de delivery “por historial de atrasos”, mediante un aviso vía Whatsapp emitido por el coordinador de la app en Concepción.

La “desvinculación” se concretó con la desactivación de su acceso a la App en calidad de repartidor.

No obstante, para la resolución se ahondó en situaciones pendientes por parte del empleador con alguien que “prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia (…), al estar sujeto a órdenes e instrucciones”.

Por todo, se condenó a PedidosYa a pagarle al demandante una serie de prestaciones: $307.607 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, $189.606 por concepto de feriado proporcional y remuneraciones durante el periodo comprendido entre la fecha del despido (15 de mayo de 2020) y la convalidación de este, sobre la base de $307.607 mensuales.

Por último, la empresa de delivery tendrá que pagar a A.F.A.M cotizaciones previsionales con los reajustes e intereses.

Via: BioBio

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