Multan con más de $16 millones a particular por extracción no autorizada de aguas subterráneas en Antofagasta

Además, se ordenó al infractor retirar las obras que conducían las aguas y cegar la poza donde éstas afloraban y eran acopiadas.

La Dirección General de Aguas del MOP Antofagasta (DGA) determinó aplicar una multa de 274,6 UTM (16 millones 853 mil 274 pesos) al particular Sergio Berger Pallomari, quien incurrió en extracción de agua sin autorización desde una poza y que comercializaba a terceros en el sector La Negra de la comuna de Antofagasta.

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Con el fin de fiscalizar a eventuales infractores del Código de Aguas, la DGA realiza el análisis de imágenes satelitales para identificar distintas infracciones a distancia, como embalses o tranques cuya construcción no esté autorizada por este Servicio MOP. Esta técnica permite abarcar superficies más grandes y vigilar lugares a los que no se podría acceder de manera permanente.

“El Código de Aguas, en su artículo 294, establece que los embalses con capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura, deben ser presentados para su aprobación ante la DGA. En este caso, se observó la posible existencia de una obra de estas características con la técnica de la teledetección, y así, los fiscalizadores según las coordenadas que arrojó el análisis, llegaron a ese punto en la comuna de Antofagasta”, precisó Marcela Astudillo, directora regional de Aguas.

Durante la inspección los fiscalizadores se encontraron con dos pozos de aguas subterráneas que contaban con derecho de aprovechamiento de agua, pero que estaban fuera de servicio. Sin embargo, a 75 metros de dichos pozos, se hallaba una poza excavada, la cual en las imágenes satelitales se percibía como un embalse, desde donde se extraía agua mediante cachimba para la venta a camiones aljibes que surtían a dos empresas de energía eléctrica.

“Luego de procesar los antecedentes recopilados en la inspección en terreno, de notificado el eventual infractor de los hallazgos y de analizados los descargos presentados por él, se elaboró el informe técnico. Este informe técnico concluyó que la poza excavada no calificaba como embalse, ya que en el lugar no se acopiaban aguas, sino que dicha zona fue utilizada para extracción de áridos y allí afloraban aguas”, comentó Astudillo.

Sin embargo, se hacía uso de las aguas afloradas sin autorización de la DGA, excedía los 2 litros por segundo que le otorgaba su derecho y por la dimensión de la zona excavada, existiría una pérdida de aguas producto de la evaporación.

“El derecho otorgado sobre los 2 pozos que no estaban en función, no lo autoriza a sacar agua desde cualquier parte de su terreno, pues para ello debe tramitar el cambio de punto captación. Segundo, tampoco utilizaba el agua para consumo humano, sino que para la venta a empresas de energía”.

Y en tercer lugar, añadió Astudillo, “las empresas compradoras, al ser evaluadas en el marco ambiental, tenían la obligación de utilizar agua industrial si la fuente original de abastecimiento cuenta con las autorizaciones sectoriales y ambientales correspondientes, y en este caso, la poza excavada no cuenta con derecho de aprovechamiento de agua”.

Junto con la multa aplicada, se ordenó el término inmediato de la extracción de aguas subterráneas desde la poza excavada, el retiro de todas las obras que permitan extraer y conducir agua desde la poza y su cegamiento. La normativa indica que de no cumplir con lo ordenado por la DGA, Sergio Berger se expone a una segunda multa de mayor cuantía. Para verificar que se hayan cumplido las instrucciones ordenadas, un equipo de la DGA realizó una constatación en terreno; sin embargo, no pudo acceder al predio al encontrarse cerrado con candado y sin moradores, por lo que planificarán una nueva inspección.

Cabe mencionar que el infractor hizo uso de la facultad que le otorga el artículo 136 del Código de Aguas, es decir, interpuso un recurso de consideración contra la multa aplicada por el Servicio MOP.

Por último, la jefa regional de la DGA señaló que los antecedentes fueron remitidos al Ministerio Público para una eventual investigación y sanción penal por el delito de usurpación de aguas, y también se derivaron a la Superintendencia de Medio Ambiente.

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