La Corte de Apelaciones de Antofagasta determinó este lunes 21 de abril, que F.A.B.G., acusado por el Ministerio Público de ser autor de los delitos continuos de captación y grabación de imágenes de partes íntimas, así como de abuso sexual sin contacto físico de menores de 14 años, deberá permanecer bajo la medida cautelar de prisión preventiva. Los hechos ocurrieron desde 2015 en varios establecimientos educativos y en la vía pública de la ciudad.
En una resolución dividida (causa rol 401-2025), la Primera Sala del tribunal de apelaciones, compuesta por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Luis Cortés Sánchez, revocó la decisión tomada previamente por el Juzgado de Garantía de Antofagasta. Esta decisión se basó en el número de delitos cometidos y las circunstancias en las que el imputado llevó a cabo las grabaciones.
“(…) considerando la cantidad de delitos, el hecho de que el imputado grababa partes íntimas de niñas en distintos lugares, incluyendo los tres colegios donde trabajaba, aprovechando su rol de paradocente, y que también lo hacía en la vía pública durante años, usando tecnología para evitar ser descubierto, afectando a menores y compañeras de trabajo, y además justificando su conducta, se evidencia un claro riesgo de que repita estos actos, lo que hace necesaria su prisión preventiva para proteger a la sociedad, especialmente a niñas y adolescentes”, concluye el fallo.
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De acuerdo con esto, el tribunal resolvió que: “SE REVOCA la resolución apelada de fecha 14 de abril de 2025, que denegó decretar la medida cautelar de prisión preventiva al imputado F.A.B.G., por los delitos de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas, en carácter de reiterado y abuso sexual sin contacto corporal de menor de 14 años y en su lugar se decreta la referida medida cautelar”. La decisión fue tomada con el voto en contra del ministro Opazo Lagos.

Según la Fiscalía, el imputado, de 45 años y trabajador como inspector en un establecimiento educativo de Antofagasta, fue sorprendido el jueves 10 de abril, mientras grababa con su celular partes íntimas de una adolescente en la vía pública. Al revisar el dispositivo móvil del acusado, la policía encontró “múltiples grabaciones que el imputado había realizado en la vía pública y en los colegios donde trabajaba como paradocente, lo que, sumado a su declaración en la que reconoce abiertamente su autoría, permite concluir que existen presunciones fundadas de su participación en el delito reiterado del artículo 161 C del Código Penal, por el cual fue formalizado”, concluye la resolución del tribunal de apelaciones.
