Gran sorpresa generó el feriado del 2 de enero del 2023, no obstante, es un hecho que podrá continuar las celebraciones de Fin de Año. Lo importante saber, es que este descanso no es irrenunciable, por lo que hay trabajos, comercio y servicios que deben operar con normalidad.
Según la ley N° 20.983, que se promulgó en el Gobierno de Michelle Bachelet, en diciembre del 2016 indica que: “si el 1 de enero cae día domingo, entonces el lunes 2 siguiente será feriado”. Un descanso que viene no solo a extender los festejos, también quiere proporcionar descanso a algunos trabajadores.
Una Ley que también aplica para las Fiestas Patrias. “Declárase feriado el día viernes 17 de septiembre, cada vez que el 18 y el 19 de septiembre de aquel año coincidan con sábado y domingo, respectivamente”, indica la ley.
Lo que si se debe aclarar, que para este fin de semana, solo el 1 de enero es irrenunciable. Que significa esto, que por decreto, las y los trabajadores no deben ejercer sus labores durante ese descanso. El empleador no podrá exigirles que asistan, ya que podría incurrir en sanciones económicas. Si quiere funcionar, tendrá que hacerlo él mismo.
En este caso, el feriado del 2 de enero NO es irrenunciable, por lo que, quienes estén de turno deberán asistir de igual forma.
Feriados año 2023
- Domingo 1 de enero: Año Nuevo
- Lunes 2 de enero: Feriado añadido para 2023.
- Viernes 7 de abril: Viernes Santo.
- Sábado 8 de abril: Sábado Santo.
- Lunes 1 de mayo: Día del Trabajo.
- Domingo 21 de mayo: Día de las Glorias Navales.
- Miércoles 21 de junio: Día Nacional de los Pueblos Indígenas.
- Lunes 26 de junio: San Pedro y San Pablo.
- Domingo 16 de julio: Día de la Virgen del Carmen.
- Martes 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
- Lunes 18 de septiembre: Independencia Nacional.
- Martes 19 de septiembre: Día de las Glorias del Ejército.
- Lunes 9 de octubre: Día del Encuentro de Dos Mundos.
- Viernes 27 de octubre: Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.
- Miércoles 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
- Viernes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
- Lunes 25 de diciembre: Navidad.
Feriados irrenunciables 2023
- Año Nuevo: 1 de enero.
- Día del Trabajador: 1 de mayo.
- Fiestas Patrias: 18 y 19 de septiembre.
- Navidad: 25 de diciembre.