La conmemoración del Día del Trabajador y Trabajadora, es una de las pocas jornadas al año, en que, el comercio y otros espacios ven alterado su funcionamiento, de acuerdo a lo que establece la misma Dirección del Trabajo.
Y es que según indica la Ley 19.973, en su artículo 2°, los días 1 de mayo – junto al 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero-, son “feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio”, por tanto, todo el comercio permanece cerrado, incluyendo supermercados y centros comerciales.
Sin embargo, hay excepciones por si tienes planes, o buscar abastecerse de algo si es que en la jornada de ayer no alcanzaste, puesto que, negocios de barrio atendidos si pueden operar, siempre y cuando sean atendidos por sus propios dueños; restaurantes, clubes nocturnos, o establecimientos de entretenimientos como cine y otros, también quedan fuera de esta normativa, junto a las bombas de bencina, y farmacias de turno.
Respecto al retiro de basura, este miércoles 1 de mayo, y tal cual ocurre también cada 1 de enero, no se realiza.