Un ciudadano chileno de 27 años fue sentenciado a presidio perpetuo simple tras ser encontrado culpable de la violación impropia reiterada de tres menores de 14 años, así como de los delitos de almacenamiento, distribución y producción de material pornográfico infantil. Estos crímenes fueron cometidos en la ciudad de Calama entre diciembre de 2021 y abril de 2023.
La investigación, liderada por la Fiscalía de Calama en conjunto con la Brigada Investigadora del Ciber Crimen Metropolitana de la PDI, formó parte de la “Operación Orión II”, un operativo diseñado para identificar y detener a los responsables de la circulación de material audiovisual de explotación sexual infantil. “Se pudieron recuperar miles de imágenes y videos que acreditaban los delitos de almacenamiento y distribución de material pornográfico infantil, como también un video producido por el imputado, lo que configura producción de material pornográfico infantil”, señaló el fiscal Marcelo Bravo Valenzuela, quien estuvo a cargo del caso.
El caso comenzó en 2023 cuando el Centro Nacional para Niños Perdidos y Explotados (NCMEC) proporcionó información clave que revelaba la actividad delictiva de un usuario específico que almacenaba y distribuía material con contenido sexual infantil en diversas plataformas digitales. Tras varias diligencias, la Fiscalía logró rastrear las direcciones IP utilizadas hasta llegar al domicilio del imputado, donde se incautaron más de 4.000 archivos de imágenes y 352 archivos de video.
Durante la investigación, también se descubrió que algunas de las víctimas de estos delitos eran menores que quedaban ocasionalmente al cuidado de la madre del condenado. El fiscal Bravo Valenzuela destacó que “la investigación también acreditó que el imputado cometió delitos reiterados de violación impropia en contra de víctimas menores de edad”.
El tribunal, además de imponer la pena de presidio perpetuo simple, ordenó la inhabilitación absoluta perpetua del condenado para ejercer cargos públicos, derechos políticos, y cualquier profesión que implique contacto habitual con menores de edad. También se le impuso la medida de vigilancia por parte de la autoridad durante los diez años posteriores al cumplimiento de la pena.
Finalmente, la defensa del condenado dispone de un plazo para apelar la sentencia emitida por el tribunal de Calama, aunque la pena privativa de libertad deberá cumplirse de manera efectiva, descontando los 450 días que ya ha permanecido en prisión preventiva.