Ya es un hecho, que gracias a una determinación de la Superintendencia de Salud, ya las isapres no pueden considerar la Salud Mental como preexistencia incluso deben eliminar la declaración de las consultas que hacen. Esto ya partió desde el 3 de enero de este año.
“las isapres deben eliminar de la Declaración de Salud las preguntas relativas a enfermedades mentales o discapacidades psíquicas o intelectuales (…) la Circular 396 de la Superintendencia de Salud, que señala también que no se podrán realizar entrevistas que revelen esos diagnósticos”, explicó la Superintendencia en un comunicado oficial.
Sumando a ello que las isapres desde el próximo 1 de marzo “no podrán comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para prestaciones de salud que tengan alguna relación con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o salud mental”.
Esto se suma a una serie de cambios, que la Superintendencia ha realizado desde el 2019 a la fecha. Entre ellos, no tener diferencia entre los planes de hombres y mujeres, además el Síndrome de Dowm desde junio del 2020, dejó de ser considerado una enfermedad.