Bono de Invierno 2025: quiénes lo reciben, cuánto es el monto y cuándo se paga

El beneficio de $81.257 se entregará durante mayo sin necesidad de postulación. Está destinado a personas mayores de 65 años que cumplan con ciertos requisitos previsionales.
11/04/2025
Un minuto de lectura

En las próximas semanas comenzará el pago de un importante beneficio económico para ayudar a las personas a enfrentar los meses más fríos del año. Se trata del Bono de Invierno, que consistirá en un único monto de $81.257 y no estará sujeto a ningún descuento. El Bono de Invierno 2025 se pagará junto con la pensión correspondiente al mes de mayo, por lo que la fecha exacta de entrega dependerá del día en que se pague la pensión del beneficiario.

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Este año, el bono se pagará durante el mes de mayo, y no es necesario postularse para recibirlo, ya que se entregará de forma automática a quienes cumplan con los requisitos establecidos. Si quieres saber si te corresponde el Bono de Invierno, puedes llamar al número 600 440 0040 o acudir a una sucursal de ChileAtiende para hacer la consulta. En caso de que creas que cumples con los requisitos pero no recibas el bono junto con tu pensión de mayo, deberás ponerte en contacto con tu entidad pagadora y solicitar que revisen tu situación.

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El Bono de Invierno lo recibirán las personas que tengan 65 años o más al 1 de mayo de 2025 y que cumplan con uno de los siguientes requisitos:

  • Sean pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Capredena, Dipreca, o las mutualidades de empleadores, y perciban una pensión inferior o igual al monto de la pensión mínima de vejez ($222.475).
  • Sean pensionados de una AFP y reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
  • Reciban la Pensión Garantizada Universal (PGU) y no reciban ninguna otra pensión.
  • Sean beneficiarios de la Pensión de Reparación para Víctimas de Prisión Política y Tortura, Pensión de Viudez de pensionados de reparación fallecidos, o Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos.
  • Reciban el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) y su pensión sea inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez ($222.475) para personas de 75 años o más.
  • Pensionados de cualquier régimen previsional que además estén recibiendo la PGU, y cuya pensión sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez ($222.475) para personas de 75 años o más.
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